ITU-R SM 1542 SPANISH-2001 The protection of passive services from unwanted emissions《保护无源业务不受无用发射干扰》.pdf
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1、 Rec. UIT-R SM.1542 1 RECOMENDACIN UIT-R SM.1542 Proteccin de los servicios pasivos*de las emisiones no deseadas (Cuestin UIT-R 211/1) (2001) La Asamblea de Radiocomunicaciones de la UIT, considerando a) que es conveniente que las emisiones no deseadas procedentes de nuevas estaciones en cualquier s
2、ervicio de radiocomunicaciones no deben hacer que estaciones que funcionan de conformidad con el Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) en el mismo o en otro servicio, no puedan funcionar efectivamente; b) que en algunos casos se han atribuido bandas adyacentes o cercanas a servicios pasivos y a ser
3、vicios que utilizan transmisores de alta potencia; c) que en muchos casos se han atribuido bandas de frecuencias adyacentes o cercanas a servicios pasivos y a servicios espaciales (espacio-Tierra); d) que en algunos casos se han atribuido bandas de frecuencias adyacentes o cercanas a servicios pasiv
4、os espaciales y a servicios que utilizan estaciones terrenas con enlaces ascendentes o una alta densidad de estaciones terrenales; e) que al realizar dichas atribuciones es posible que no se haya tenido en cuenta la compatibilidad entre transmisor y receptor; f) que el SRA, el SETS (pasivo) y el SIE
5、 (pasivo) estn basados en la recepcin de emisiones con niveles de potencia muy inferiores a los generalmente utilizados en otros servicios de radiocomunicaciones; g) que debido a dichos bajos niveles de potencia, estos servicios pasivos son generalmente ms susceptibles que otros servicios a la inter
6、ferencia procedente de emisiones no deseadas; h) que en varios nmeros del RR (tales como los nmeros 5.149, 5.340, 5.372) se advierte sobre la proteccin de estos servicios pasivos, en particular de las emisiones procedentes de estaciones a bordo de vehculos espaciales, de aeronaves o de estaciones si
7、tuadas en plataformas a gran altitud (HAPS, high altitude platform stations), (para las estaciones de radioastronoma) y de las emisiones procedentes de estaciones terrenas de sistemas HAPS y de estaciones de sistema fijo de gran densidad (HDFS, high-density fixed system) (para los servicios pasivos
8、espaciales); j) que existen diversas prcticas operacionales y tcnicas de mitigacin que pueden utilizar los servicios pasivos y activos para minimizar los efectos de la interferencia sobre los servicios pasivos; k) que pueden existir limitaciones prcticas y econmicas sobre la aplicabilidad de dichas
9、medidas de mitigacin; l) que los lmites generales aplicables a las emisiones no esenciales pueden no proteger suficientemente de la interferencia a los servicios pasivos; _ *En esta Recomendacin se consideran los servicios de radioastroma (SRA), de exploracin de la Tierra por satlite (SETS) (pasivo)
10、 y de investigacin espacial (SIE) (pasivo). 2 Rec. UIT-R SM.1542 m) que la Recomendacin 66 (Rev.CMR-2000) solicita en su recomienda al UIT-R 5 que estudie las bandas de frecuencias y los casos en los cuales, por razones tcnicas u operacionales, se pueden necesitar lmites ms estrictos para las emisio
11、nes no esenciales que los lmites generales consignados en el Apndice 3, para proteger a los servicios de seguridad y los servicios pasivos tales como el de radioastronoma, y las consecuencias de la aplicacin o falta de aplicacin de esos lmites sobre todos los servicios interesados; n) que la Recomen
12、dacin 66 (Rev.CMR-2000) solicita en su recomienda al UIT-R 6 que estudie las bandas de frecuencias y los casos en los cuales, por razones tcnicas u operacionales, se pueden necesitar lmites de las emisiones fuera de banda para proteger a los servicios de seguridad y los servicios pasivos tales como
13、el de radioastronoma, y el impacto de la aplicacin o falta de aplicacin de esos lmites sobre todos los servicios interesados; o) que el nmero 29.5 del RR establece que se deben proteger los emplazamientos de las estaciones del servicio de radioastronoma y que sus frecuencias de observacin deben noti
14、ficarse a la Oficina de Radiocommunicaciones de conformidad con el nmero 11.12 del RR, observando a) que en el Anexo 1 se explica porqu los servicios pasivos son ms vulnerables a la interferencia de emisiones no deseadas que otros servicios; b) que la Recomendacin UIT-R SM.1540 proporciona directric
15、es en relacin con las emisiones no deseadas en el domino fuera de banda que caen en las bandas atribuidas adyacentes; c) que es necesario alcanzar con urgencia conclusiones en relacin con los estudios que se vienen realizando para cada banda, as como sobre la identificacin de situaciones de interfer
16、encia en las que deben aplicarse lmites ms exigentes de niveles de emisiones no deseadas que los incluidos en el Apndice 3 del RR y en la Recomendacin UIT-R SM.1541; d) que deben establecerse niveles adecuados para dichas situaciones, debindose analizar el impacto sobre todos los servicios de la imp
17、lementacin o no de tales lmites, recomienda 1 que cuando se atribuyan bandas de frecuencias a servicios por satlite, se tenga en cuenta su proximidad a bandas de frecuencias atribuidas al SRA, al SETS (pasivo) y al SIE (pasivo); 2 que cuando se designen bandas de frecuencia para aplicaciones terrena
18、les especficas tales como HAPS o HDFS, se tenga en cuenta su proximidad a las bandas de frecuencias atribuidas al SRA, al SETS (pasivo) y al SIE (pasivo); 3 que cuando ello sea posible, las atribuciones realizadas en bandas adyacentes a servicios pasivos existentes sean tales que se minimice el ries
19、go potencial de interferencia; 4 que se considere la utilizacin de zonas alrededor de las estaciones utilizadas para observaciones de radioastronoma en las que se excluyan o restrinjan servicios activos como una forma de minimizar la interferencia debida a emisiones no deseadas procedentes de transm
20、isores terrenales; 5 que tcnicas de mitigacin, tales como las descritas en los Anexos 2 y 3, deben considerarse como medios adecuados cuya utilizacin debe fomentarse en la mayor medida posible por parte de servicios activos y pasivos con el fin de minimizar la interferencia generada por emisiones no
21、 deseadas sobre servicios pasivos, teniendo en cuenta las limitaciones que ello imponga al diseo del sistema y a su eficiencia operacional; Rec. UIT-R SM.1542 3 6 que en las bandas de frecuencias de los servicios pasivos identificadas en el Anexo 4, pueden utilizarse lmites de emisiones no esenciale
22、s ms exigentes que los lmites generales del Apndice 3 del RR a fin de proteger los servicios pasivos; 7 que en las bandas de frecuencias de los servicios activos identificadas en el Anexo 4, pueden utilizarse los lmites fuera de banda a fin de proteger las bandas adyacentes o cercanas de servicios p
23、asivos; 8 que se tomen las medidas siguientes a fin de minimizar el riesgo potencial de interferencia sobre los servicios pasivos: la consulta e intercambio de informacin tcnica y operacional entre las partes implicadas; la cooperacin en relacin con la seleccin e implementacin de las medidas ms adec
24、uadas entre operadores de sistemas pasivos y de sistemas activos; y la utilizacin de tcnicas adecuadas de gestin del espectro. ANEXO 1 Vulnerabilidad de los servicios pasivos Los servicios pasivos estn en su totalidad dedicados al estudio de emisiones de radio que se producen de forma natural. La de
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