1、 Unin Internacional de TelecomunicacionesUIT-T SECTOR DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA UIT ASAMBLEA MUNDIAL DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES Johannesburgo, 21-30 de octubre de 2008 Resolucin 22 Autorizacin para que el Grupo Asesor de Normalizacin de las Telecomunicaciones (GA
2、NT) acte en el periodo entre Asambleas Mundiales de Normalizacin de las Telecomunicaciones (AMNT) PREFACIO La UIT (Unin Internacional de Telecomunicaciones) es el organismo especializado de las Naciones Unidas en el campo de las telecomunicaciones. El UIT-T (Sector de Normalizacin de las Telecomunic
3、aciones de la UIT) es un rgano permanente de la UIT. Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomendaciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el plano mundial. La Asamblea Mundial de Normalizacin de las Telecomunicacione
4、s (AMNT), que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendaciones sobre dichos temas. UIT 2009 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse por ningn procedimiento sin pre
5、via autorizacin escrita por parte de la UIT. AMNT-08 Resolucin 22 1 RESOLUCIN 22 Autorizacin para que el Grupo Asesor de Normalizacin de las Telecomunicaciones (GANT) acte en el periodo entre Asambleas Mundiales de Normalizacin de las Telecomunicaciones (AMNT) (Ginebra, 1996; Montreal, 2000; Florian
6、polis, 2004; Johannesburgo, 2008) La Asamblea Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (Johannesburgo, 2008), considerando a) que, conforme a lo estipulado en el artculo 14A del Convenio de la UIT, el Grupo Asesor de Normalizacin de las Telecomunicaciones (GANT) tiene que proporcionar direc
7、trices para los trabajos de las Comisiones de Estudio y recomendar medidas para fomentar la coordinacin y la cooperacin con otros organismos de normalizacin; b) que la rpida evolucin del entorno de las telecomunicaciones y de los grupos industriales que se dedican a ellas exigen que el Sector de Nor
8、malizacin de las Telecomunicaciones (UIT-T), para mantener su pertinencia y capacidad de respuesta, tome decisiones en plazos ms cortos entre las Asambleas Mundiales de Normalizacin de las Telecomunicaciones (AMNT), sobre asuntos tales como las prioridades de los trabajos, la estructura de las Comis
9、iones de Estudio y los calendarios de reunin; c) que en la Resolucin 107 (Marrakech, 2002) de la Conferencia de Plenipotenciarios se considera que existe una necesidad urgente de garantizar un funcionamiento eficiente de la UIT en el marco de los restringidos recursos humanos y financieros; d) que l
10、a Resolucin 122 (Rev. Antalya, 2006) de la Conferencia de Plenipotenciarios resolvi que la AMNT debe, con arreglo a sus funciones y con sujecin a los recursos financieros disponibles, continuar promoviendo la evolucin constante del sector de normalizacin y abordar de forma adecuada los temas estratg
11、icos de normalizacin a travs de medios tales como el fortalecimiento del GANT, entre otros; e) que, en la Resolucin 122 (Rev. Antalya, 2006) se encarga al Director de la Oficina de Normalizacin de las Telecomunicaciones (TSB) que considere, en concertacin con los rganos pertinentes y los Miembros de
12、 la UIT, y en coordinacin con el Sector de Desarrollo de las Telecomunicaciones y el Sector de Radiocomunicaciones de la UIT, cuando proceda, la organizacin peridica de una Mesa redonda y una reunin de coordinacin mundiales de normalizacin, posiblemente asociadas a la AMNT, de un da de duracin inmed
13、iatamente antes de la Asamblea; f) que el Simposio Mundial de Normalizacin (SMN) se celebr en asociacin con la presente Asamblea para estudiar la reduccin de la disparidad en materia de normalizacin y examinar los desafos que se plantean a escala mundial en relacin con las normas para las TIC; g) qu
14、e el GANT sigue haciendo propuestas para acrecentar la eficacia operativa del UIT-T, mejorar la calidad de las Recomendaciones UIT-T y establecer mtodos de coordinacin y cooperacin; h) que el GANT puede ayudar a mejorar la coordinacin del proceso de estudio y proporcionar unos procesos de toma de de
15、cisin mejorados para las importantes reas de actividad del UIT-T; i) que se necesitan procedimientos administrativos flexibles, incluidos los relacionados con las consideraciones presupuestarias, para adaptarse a la rpida evolucin del entorno de las telecomunicaciones; j) que es conveniente que el G
16、ANT acte en el intervalo de cuatro aos comprendido entre las AMNT para responder a las necesidades del mercado de manera oportuna; 2 AMNT-08 Resolucin 22 k) que conviene que el GANT examine las repercusiones de las nuevas tecnologas en las actividades de normalizacin del UIT-T y la manera de integra
17、r dichas tecnologas en su programa de trabajo; l) que el GANT puede desempear un papel importante velando por la coordinacin entre las Comisiones de Estudio pertinentes sobre temas de normalizacin, incluyendo el destinado a evitar la duplicacin de trabajo entre ellas y el de identificacin de vnculos
18、 y dependencias entre temas relacionados; m) que el GANT, al asesorar a las Comisiones de Estudio, puede tener en cuenta las orientaciones de otros grupos, observando a) que el artculo 13 del Convenio de la UIT estipula que la AMNT puede asignar asuntos especficos dentro de su competencia al GANT, i
19、ndicando las medidas requeridas sobre el particular; b) que las funciones de la AMNT se especifican en el Convenio; c) que el actual ciclo de cuatro aos entre las AMNT excluye de hecho la posibilidad de abordar asuntos imprevistos que requieran medidas urgentes en el intervalo entre Asambleas; d) qu
20、e el GANT se rene al menos una vez por ao; e) que el GANT ya ha demostrado la capacidad de actuar con eficacia en los asuntos que le asigna la AMNT, reconociendo que la Conferencia de Plenipotenciarios (Marrakech, 2002) aprob los nmeros 191A y 191B del Convenio, para que la AMNT pudiera establecer y
21、 suprimir otros grupos, resuelve 1 asignar al GANT los siguientes asuntos especficos de su competencia entre esta Asamblea y la prxima para que en consulta con el Director de la TSB y como corresponda, acte en las reas siguientes: a) mantener directrices de trabajo actualizadas, eficientes y flexibl
22、es; b) asumir la responsabilidad respecto de las Recomendaciones de la serie A (Organizacin del trabajo del UIT-T), incluidas la elaboracin y la presentacin para aprobacin conforme a los procedi-mientos apropiados; c) reestructurar y establecer las Comisiones de Estudio del UIT-T, y nombrar Presiden
23、tes y Vicepresidentes hasta la prxima AMNT respondiendo a los cambios del mercado de las tele-comunicaciones; d) asesorar sobre el calendario de reuniones de las Comisiones de Estudio para satisfacer las prioridades de normalizacin; e) reconociendo la primaca de las Comisiones de Estudio en la reali
24、zacin de las actividades del UIT-T, crear, mantener o suprimir otros grupos, con inclusin de los Grupos Temticos, designar sus Presidentes y Vicepresidentes, y establecer su mandato con una duracin determinada, de conformidad con los nmeros 191A y 191B del Convenio, a fin de potenciar y mejorar la e
25、ficacia del trabajo del UIT-T, as como para fomentar la flexibilidad al responder rpidamente a los temas de gran prioridad. Dichos grupos no adoptarn Cuestiones ni Recomendaciones, pero obedecern a un mandato especfico; f) examinar informes y considerar las propuestas adecuadas formuladas por los gr
26、upos de coordinacin y otros grupos, y aplicar las que se aprueben; AMNT-08 Resolucin 22 3 g) establecer los mecanismos adecuados y fomentar la utilizacin, por ejemplo, de los Grupos de Coordinacin u otros grupos, para abordar temas claves del trabajo que afectan a diversas Comisiones de Estudio, a f
27、in de velar por la coordinacin eficaz de los temas de normalizacin, con el fin de lograr soluciones globales adecuadas; h) asesorar al Director de la TSB sobre cuestiones financieras y de otra ndole; i) aprobar el programa de trabajo que resulte de la revisin de las Cuestiones existentes y nuevas y
28、determinar la prioridad, la urgencia, las repercusiones financieras estimadas y el calendario para completar su estudio; j) agrupar, en la medida de lo posible, Cuestiones de inters para los pases en desarrollo, con inclusin de los pases menos adelantados, los pequeos Estados insulares en desarrollo
29、 y los pases con economas en transicin, a fin de facilitar su participacin en estos estudios; k) otros temas especficos dentro de la competencia de la AMNT, sujeto a la aprobacin de los Estados Miembros, utilizando el procedimiento de aprobacin de la seccin 9 de la Resolucin 1 de esta Asamblea; 2 qu
30、e el GANT pueda iniciar las revisiones de los procedimientos pertinentes para la adopcin de Cuestiones y Recomendaciones por las Comisiones de Estudio, distintos de los que se mencionan en los nmeros 246D, 246F y 246H del Convenio, para la aprobacin por los Estados Miembros entre las AMNT, utilizand
31、o el procedimiento de aprobacin que figura en la seccin 9 de la Resolucin 1 de esta Asamblea; 3 que el GANT coordine sus actividades con organizaciones ajenas a la UIT, en consulta con el Director de la TSB, segn proceda; 4 que el GANT considere las repercusiones para el UIT-T de las necesidades del
32、 mercado y las nuevas tecnologas emergentes que an no se hayan considerado a efectos de su normalizacin por el UIT-T, establezca un mecanismo adecuado para facilitar el examen de su consideracin, por ejemplo a travs de la asignacin de Cuestiones, la coordinacin del trabajo de las Comisiones de Estud
33、io o la creacin de Grupos de Coordinacin o de otro tipo, y nombre a sus Presidentes y Vicepresidentes; 5 que el GANT examine los resultados de la AMNT en lo que se refiere al Simposio Mundial de Normalizacin y adopte las medidas de seguimiento que se consideren apropiadas; 6 que en la prxima AMNT se presente un informe sobre dichas actividades del GANT.