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    ITU-T I 251 1 (REV 1) SPANISH-1992 DIRECT-DIALLING-IN《直接拨号 在1号研究组》.pdf

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    ITU-T I 251 1 (REV 1) SPANISH-1992 DIRECT-DIALLING-IN《直接拨号 在1号研究组》.pdf

    1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESCCITT I.251.1 (rev.1)COMIT CONSULTIVOINTERNACIONALTELEGRFICO Y TELEFNICORED DIGITAL DE SERVICIOSINTEGRADOS (RDSI)ESTRUCTURA GENERAL Y CAPACIDADESDE SERVICIOMARCACIN DIRECTA DE EXTENSIONESRecomendacin I.251.1 (rev.1)Ginebra, 1992PREFACIOEl CCITT (Comit Consulti

    2、vo Internacional Telegrfico y Telefnico) es un rgano permanente de la UninInternacional de Telecomunicaciones (UIT). Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios ypublica Recomendaciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el planomundial

    3、.La Asamblea Plenaria del CCITT, que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiarse yaprueba las Recomendaciones preparadas por sus Comisiones de Estudio. La aprobacin de Recomendaciones por losmiembros del CCITT entre las Asambleas Plenarias de ste es el objeto del procedimie

    4、nto establecido en laResolucin N.o2 del CCITT (Melbourne, 1988).La Recomendacin I.251.1 ha sido preparada por la Comisin de Estudio I y fue aprobada por elprocedimiento de la Resolucin N.o2 el 4 de agosto de 1992._NOTA DEL CCITTEn esta Recomendacin, la expresin Administracin se utiliza para designar

    5、, en forma abreviada, tanto unaAdministracin de telecomunicaciones como una empresa privada de explotacin reconocida de telecomu-nicaciones. UIT 1992Es propiedad. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse o utilizarse, de ninguna forma o por ningn medio,sea ste electrnico o mecnico, de fot

    6、ocopia o de microfilm, sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT.Recomendacin I.251.1 1Recomendacin I.251.1Recomendacin I.251.1MARCACIN DIRECTA DE EXTENSIONES(revisada en 1992)1 DefinicinLa marcacin directa de extensiones es un servicio suplementario que permite a un usuario llamardirectame

    7、nte a otro usuario de una centralita automtica privada de servicios integrados u otro sistema privado, sinintervencin de una operadora.2 Descripcin2.1 Descripcin generalEste servicio suplementario se basar en la utilizacin del nmero (RDSI). Por lo menos la parte significativadel nmero RDSI se transf

    8、erir a la RDSI privada, a fin de cursar la llamada hasta su destino. La marcacin directa deextensiones (DDI, direct-dialling-in) se aplicar a las RDSI pblicas con plan de numeracin cerrado o abierto.2.2 Terminologa especficaNinguna.2.3 Aplicabilidad de los servicios de telecomunicacinSin restriccion

    9、es ni en el modo circuito, ni en el modo paquete.3 Procedimientos3.1 Prestacin/supresinEste servicio deber prestarse/suprimirse mediante acuerdo previo con el proveedor del servicio. El proveedordel servicio atribuir un conjunto de nmeros RDSI.3.2 Procedimientos normales3.2.1 Activacin/desactivacin/

    10、registroActivacin mediante abono.3.2.2 Invocacin y operacinLos procedimientos para iniciar una llamada son los mismos que para el servicio bsico. Los usuarios llamantey llamado perciben los procedimientos de complecin como si se tratara del servicio bsico, sin intervencin deoperadora. Tras la respue

    11、sta, el usuario llamante se conecta con el usuario llamado designado por el nmero RDSI.Nota Cuando se establece la conexin entre llamante y la centralita automtica privada de serviciosintegrados (ISPBX, integrated services private branch exchange) la ISPBX llamada podra utilizar la conexin para latr

    12、ansmisin de seales de progresin de la llamada.3.3 Procedimientos excepcionales3.3.1 Activacin/desactivacin/registroNo es aplicable.2 Recomendacin I.251.13.3.2 Invocacin y operacinSi el usuario llamado est ocupado o no contesta, se aplicarn los procedimientos para las llamadas en elservicio bsico.Si

    13、se hace la llamada enviando una informacin de direccin incompleta, se liberar la llamada supervisando eltiempo en la central pblica. Podra ser tambin conveniente una supervisin correspondiente del tiempo en la ISPBX.3.4 Procedimientos alternativos3.4.1 Activacin/desactivacin/registroNinguno identifi

    14、cado.3.4.2 Invocacin y operacinNinguno identificado.4 Capacidades de red para tarificacinEsta Recomendacin no trata los principios de tarificacin. Se espera que las futuras Recomendaciones de laserie D contengan dicha informacin.Deber ser posible tarificar exactamente al abonado por el servicio.5 Re

    15、quisitos de interfuncionamientoNo se han sealado problemas.6 Interaccin con otros servicios suplementarios6.1 Llamada en esperaSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.2 Transferencia de llamadasSin repercusiones, es decir, ninguno

    16、de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.3 Presentacin de la identificacin de la lnea conectadaSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.4 Restriccin de la (presentacin de la) identificacin de la lnea c

    17、onectadaSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.Recomendacin I.251.1 36.5 Presentacin de la identificacin de la lnea llamanteSin repercusiones en la interfaz usuario-red de la parte llamante, salvo que puede suministrrsele a la red u

    18、nnmero de parte llamante de resultas de aplicar la DDI:i) en esa interfaz, en cuyo caso puede suministrarse un nmero de parte llamante parcial o completo, quepuede ser sometido a comprobacin por la red; oii) (sujeto a la existencia de un acuerdo especial de no comprobacin) en esa interfaz o en otra

    19、interfaz a laque est conectado el equipo del mismo cliente (por ejemplo, una red privada), en cuyo caso puedesuministrrsele un nmero completo (nacional o internacional).En la interfaz de la parte llamada no hay repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementariosafecta al funcionamie

    20、nto del otro.6.6 Restriccin de la (presentacin de la) identificacin de la lnea llamanteSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.7 Grupo cerrado de usuariosLa participacin en el grupo cerrado de usuarios no debe estar disponible para

    21、 cada nmero DDI, pero s debeestarlo para la gama completa de nmeros RDSI aplicables al acceso o grupo de accesos.6.8 Comunicacin conferenciaSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.9 Marcacin directa de extensionesNo es aplicable.6.

    22、10 Servicios de desviacin de llamadas6.10.1 Reenvo de llamadas en caso de ocupadoSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.10.2 Reenvo de llamadas en caso de ausencia de respuestaSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servic

    23、ios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.10.3 Reenvo de llamadas incondicionalSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.10.4 Reflexin de llamadasSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios a

    24、fecta al funcionamiento del otro.6.11 Grupo de captura; captura de lneaSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.12 Servicio tripartitoSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento

    25、del otro.4 Recomendacin I.251.16.13 Sealizacin de usuario a usuarioSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.14 Nmeros mltiples de abonadoSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamien

    26、to del otro.Nota 1 En algunas redes, la subscripcin a la DDI es incompatible con la subscripcin a los serviciossuplementarios de nmeros mltiples de abonado (MSN, multiple subscriber number).Nota 2 Las cifras de DDI pueden emplearse en una RDSI privada en el contexto del servicio suplementariode nmer

    27、os mltiples de abonado de las RDSI privadas.6.15 Retencin de llamadasSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.16 Aviso (notificacin) del importe de la comunicacinSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementari

    28、os afecta al funcionamiento del otro.6.17 Precedencia con apropiacin multinivelSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.18 PrioridadSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento de

    29、l otro.6.19 Identificacin de llamadas malintencionadas (maliciosas)Si se proporciona la DDI al usuario servido de identificacin de llamadas malintencionadas (MCID, maliciouscall identification), la MCID se debe prestar ya sea globalmente para todo el acceso o para cada nmero DDI porseparado, con arr

    30、eglo a las disposiciones de acceso. En ambos casos se debe registrar el nmero RDSI del usuariollamado, incluidas las cifras DDI.6.20 Prohibicin de llamadas salientesSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.21 Cobro revertidoSin repe

    31、rcusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.6.22 SubdireccionamientoSin repercusiones, es decir, ninguno de los dos servicios suplementarios afecta al funcionamiento del otro.7 Descripcin dinmicaLa descripcin dinmica es la misma que para los servicios bsicos.


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