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    ITU-T D 170 SUPP 1 SPANISH-2010 Monthly telephone and telex accounts Supplement 1 C Dispute management guidelines《电话和电传的月结帐户 补充件1 纠纷管理指南 3号研究组》.pdf

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    ITU-T D 170 SUPP 1 SPANISH-2010 Monthly telephone and telex accounts Supplement 1 C Dispute management guidelines《电话和电传的月结帐户 补充件1 纠纷管理指南 3号研究组》.pdf

    1、 Unin Internacional de TelecomunicacionesUIT-T D.170SECTOR DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA UIT Suplemento 1(05/2010) SERIE D: PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN Principios generales de tarificacin Establecimiento e intercambio de las cuentas telefnicas y tlex internacionales Cuentas

    2、 telefnicas y tlex mensuales Suplemento 1: Directrices para la gestin de controversias Recomendacin UIT-T D.170 Suplemento 1 RECOMENDACIONES UIT-T DE LA SERIE D PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN TRMINOS Y DEFINICIONES D.0 PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN Arriendo de medios de telecomunicaciones

    3、 de uso privado D.1D.9 Principios de tarificacin aplicables a los servicios de comunicacin de datos por redes pblicas de datos especializadas D.10D.39 Tasacin y contabilidad en el servicio pblico internacional de telegramas D.40D.44 Tasacin y contabilidad en el servicio internacional de telemensajes

    4、 D.45D.49 Principios aplicables a la infraestructura GII-Internet D.50D.59 Tasacin y contabilidad en el servicio tlex internacional D.60D.69 Tasacin y contabilidad en el servicio internacional de facsmil D.70D.75 Tasacin y contabilidad en el servicio videotex internacional D.76D.79 Tasacin y contabi

    5、lidad en el servicio internacional de telefotografa D.80D.89 Tasacin y contabilidad en los servicios mviles D.90D.99 Tasacin y contabilidad en el servicio telefnico internacional D.100D.159 Establecimiento e intercambio de las cuentas telefnicas y tlex internacionales D.160D.179Transmisiones interna

    6、cionales radiofnicas y de televisin D.180D.184 Tasacin y contabilidad en los servicios internacionales por satlite D.185D.189 Transmisin de informacin sobre cuentas mensuales internacionales de telecomunicaciones D.190D.191 Telecomunicaciones privilegiadas y de servicio D.192D.195 Liquidacin de los

    7、saldos de las cuentas internacionales de telecomunicaciones D.196D.209 Tarificacin y contabilidad en los servicios internacionales de telecomunicaciones por la RDSI D.210D.269 Tarificacin y contabilidad en las redes de la prxima generacin D.270D.279 Tarificacin y contabilidad en las telecomunicacion

    8、es personales universales D.280D.284 Tarificacin y contabilidad en los servicios soportados por la red inteligente D.285D.299 RECOMENDACIONES APLICABLES EN EL PLANO REGIONAL Recomendaciones aplicables en Europa y en la Cuenca Mediterrnea D.300D.399 Recomendaciones aplicables en Amrica Latina D.400D.

    9、499 Recomendaciones aplicables en Asia y Oceana D.500D.599 Recomendaciones aplicables en la Regin frica D.600D.699 Para ms informacin, vase la Lista de Recomendaciones del UIT-T. Rec. UIT-T D.170/supl.1 (05/2010) i Recomendacin UIT-T D.170 Cuentas telefnicas y tlex mensuales Suplemento 1 Directrices

    10、 para la gestin de controversias Resumen El presente suplemento tiene por finalidad ayudar a los operadores de telecomunicaciones en la elaboracin de procedimientos eficaces que podran ser utilizados para resolver controversias relativas a la liquidacin de cuentas internacionales. Antes de que se pl

    11、antee una controversia, las partes deben acordar una reconciliacin o criterios de controversias, criterios que de preferencia deben ser definidos en el acuerdo o contrato firmado. Este suplemento da prioridad a la garanta de ingresos y costos y atena el riesgo asociado a la obtencin de ingresos y/o

    12、a los costos. En l se describen detalles de los criterios que pueden tenerse en cuenta antes del surgimiento y verificacin de una controversia, de posibles fuentes de controversia y de la determinacin de la validez de la controversia o discrepancia. En el suplemento se dan orientaciones sobre la ges

    13、tin de la solucin de controversias resultantes del mantenimiento defectuoso de datos de referencia (discrepancia en cuanto a las tasas, al destino de la llamada o al cdigo de marcacin) y de los datos sobre transacciones (dficit de la tasa de recuperacin, discrepancias sobre volmenes, las diferencias

    14、 entre zonas horarias, llamadas que sobrepasan la medianoche o que pasan de un mes al siguiente, declaraciones negativas, doble cmputo, acuerdos sobre volmenes comprometidos, llamadas de cobro revertido, duracin de las llamadas, etc.). Tambin se describe un mtodo de intercambio y comparacin de CDR y

    15、 de qu forma proceder con las controversias no resueltas. Es un hecho reconocido que las empresas de telecomunicaciones utilizan sus propios procedimientos, que dependen de procesos internos, recursos, conocimientos, experiencias y acuerdos bilaterales con sus homlogos. Los acuerdos comerciales suel

    16、en determinar el lugar y la eleccin de legislacin para resolver las controversias, as como los requisitos de negociacin que deben ser agotados antes de que comience el arbitraje oficial. Hay numerosos mecanismos en todo el mundo a travs de los cuales se resuelven las controversias planteadas en esos

    17、 acuerdos comerciales. Por lo general, estos mecanismos se han aplicado satisfactoriamente en el pasado y no hay seales de que no hayan resuelto problemas actuales o previstos en materia de conectividad. En el presente suplemento se propone un conjunto de prcticas comunes que podran incorporarse en

    18、acuerdos bilaterales entre asociados. ii Rec. UIT-T D.170/supl.1 (05/2010) Historia Edicin Recomendacin Aprobacin Comisin de estudios 1.0 ITU-T E.270 1972-12-15 2.0 ITU-T E.270 1976-10-08 3.0 ITU-T D.170/E.270 1980-11-21 4.0 ITU-T D.170/E.270 1984-10-19 5.0 ITU-T D.170/E.270 1988-11-25 6.0 ITU-T D.1

    19、70 1993-03-12 III 7.0 ITU-T D.170 1995-03-20 3 8.0 ITU-T D.170 1998-06-12 3 9.0 ITU-T D.170 2006-06-27 3 10.0 ITU-T D.170 2010-05-21 3 10.1 ITU-T D.170 Suppl.1 2010-05-21 3 10.2 ITU-T D.170 Suppl.2 2010-05-21 3 Rec. UIT-T D.170/supl.1 (05/2010) iii PREFACIO La Unin Internacional de Telecomunicacione

    20、s (UIT) es el organismo especializado de las Naciones Unidas en el campo de las telecomunicaciones y de las tecnologas de la informacin y la comunicacin. El Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT (UIT-T) es un rgano permanente de la UIT. Este rgano estudia los aspectos tcnicos, d

    21、e explotacin y tarifarios y publica Recomendaciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el plano mundial. La Asamblea Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (AMNT), que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiar las Comisione

    22、s de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendaciones sobre dichos temas. La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecido en la Resolucin 1 de la AMNT. En ciertos sectores de la tecnologa de la informacin que corresponden a la esfera de c

    23、ompetencia del UIT-T, se preparan las normas necesarias en colaboracin con la ISO y la CEI. NOTA En esta publicacin, la expresin “Administracin“ se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto una administracin de telecomunicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones

    24、. La observancia de esta publicacin es voluntaria. Ahora bien, la publicacin puede contener ciertas disposiciones obligatorias (para asegurar, por ejemplo, la aplicabilidad o la interoperabilidad), por lo que la observancia se consigue con el cumplimiento exacto y puntual de todas las disposiciones

    25、obligatorias. La obligatoriedad de un elemento preceptivo o requisito se expresa mediante las frases “tener que, haber de, hay que + infinitivo“ o el verbo principal en tiempo futuro simple de mandato, en modo afirmativo o negativo. El hecho de que se utilice esta formulacin no entraa que la observa

    26、ncia se imponga a ninguna de las partes. PROPIEDAD INTELECTUAL La UIT seala a la atencin la posibilidad de que la utilizacin o aplicacin de la presente publicacin suponga el empleo de un derecho de propiedad intelectual reivindicado. La UIT no adopta ninguna posicin en cuanto a la demostracin, valid

    27、ez o aplicabilidad de los derechos de propiedad intelectual reivindicados, ya sea por los miembros de la UIT o por terceros ajenos al proceso de elaboracin de publicaciones. En la fecha de aprobacin de la presente publicacin, la UIT ha recibido/no ha recibido notificacin de propiedad intelectual, pr

    28、otegida por patente, que puede ser necesaria para aplicar esta publicacin. Sin embargo, debe sealarse a los usuarios que puede que esta informacin no se encuentre totalmente actualizada al respecto, por lo que se les insta encarecidamente a consultar la base de datos sobre patentes de la TSB en la d

    29、ireccin http:/www.itu.int/ITU-T/ipr/. UIT 2010 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse por ningn procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT. iv Rec. UIT-T D.170/supl.1 (05/2010) NDICE Pgina 1 mbito de aplicacin 1 2 Referencias . 1 3 De

    30、finiciones 1 4 Abreviaturas y acrnimos . 1 5 Qu es la gestin de controversias? 1 6 Solucin de controversias . 2 6.1 Criterios 2 6.2 Anlisis de las controversias o discrepancias . 3 6.3 Controversias relativas al mantenimiento defectuoso de datos de referencia 4 6.4 Controversias relativas a los dato

    31、s sobre transacciones . 5 6.5 Intercambio y comparacin de CDR1 8 6.6 Controversias no resueltas 8 7 Factores tcnicos que pueden dar lugar a controversias . 8 8 Proceso de divergencia . 10 Rec. UIT-T D.170/supl.1 (05/2010) 1 Recomendacin UIT-T D.170 Cuentas telefnicas y tlex mensuales Suplemento 1 Di

    32、rectrices para la gestin de controversias 1 mbito de aplicacin El presente suplemento describe la gestin de las controversias suscitadas por las cuentas, facturas y tasas de recuperacin bilaterales. 2 Referencias UIT-T D.170 Recomendacin UIT-T D.170 (2010), Cuentas telefnicas y tlex mensuales. 3 Def

    33、iniciones En este suplemento se definen los siguientes trminos: Estado de cuentas o declaracin de trfico (en aplicacin de las Recomendaciones de la UIT): Documento que el operador “A“ enva al operador “B“ con el fin de declarar que el operador “A“ adeuda una determinada cantidad al operador “B“. Fac

    34、turas (en concepto de reoriginacin o concentracin de trfico): Documento que el operador “B“ enva al operador “A“ y en el que seala la cantidad que el operador “A“ adeuda al operador “B“. 4 Abreviaturas y acrnimos En este suplemento se utilizan las abreviaturas y los acrnimos siguientes: CDR Registro

    35、s detallados de llamadas (call detail record) IDD Marcacin directa internacional (international direct dialling) 5 Qu es la gestin de controversias? La gestin de controversias, en tanto que se considera en cierto modo una garanta de facturacin ya que atena el riesgo asociado a la obtencin de ingreso

    36、s y/o a los costos, tiene lugar cuando se plantea una discrepancia entre las cantidades consignadas en los registros de la Empresa “A“ y la factura/declaracin de las cantidades consignadas en los registros de la Empresa “B“ y las incluidas en la declaracin o factura del operador con el que mantiene

    37、relaciones, discrepancia que excede los parmetros de reconciliacin negociados por usted y dicho operador. Las controversias obedecen a mltiples causas, entre las cuales la ms comn es un mantenimiento defectuoso de los datos de referencia. En las siguientes clusulas se describen los factores que dan

    38、lugar a controversias y las medidas de precaucin que se adoptan al respecto. Una controversia surge cuando se observa una discrepancia entre los datos, pero no todas las discrepancias traern por resultado una controversia, ya que ello depender, entre otras cosas, del valor financiero de esa discrepa

    39、ncia. Hay que sealar que los trminos “controversia“ y “discrepancia“ se utilizan indistintamente. 2 Rec. UIT-T D.170/supl.1 (05/2010) Como el trfico al mayoreo representa en general un proceso bidireccional, las partes interesadas debern estar dispuestas a llegar a compromisos ocasionalmente, si des

    40、ean mantener relaciones duraderas. 6 Solucin de controversias Esta clusula puede leerse conjuntamente con la figura de la clusula 8: Grfico de flujos de la tramitacin de controversias. 6.1 Criterios1Antes de que pueda suscitarse una controversia, las partes debern convenir en una serie de criterios

    41、de reconciliacin o controversia, criterios que preferiblemente deberan especificarse en un acuerdo o contrato firmados. Las ventajas de establecer criterios convenidos son, entre otras las siguientes: Se garantiza que ambas partes utilicen las mismas bases de comparacin (manzanas con manzanas). Se e

    42、vita que se susciten controversias innecesarias y onerosas. De este modo es posible plantear y resolver controversias dentro de plazos aceptables. Se reduce considerablemente el tiempo necesario para resolver el problema suscitado, ya que las partes no tendrn necesidad de intercambiar correspondenci

    43、a para precisar el motivo de la controversia considerada. Normalmente, estos criterios se basan en el tipo de acuerdo o contrato negociado entre los operadores y dependen de la ndole del problema planteado. Habr que acordar criterios que resulten eficaces para los operadores. A continuacin, sealamos

    44、 a ttulo de ejemplo una serie de criterios: Una varianza expresada en valor porcentual y valor absoluto aceptable. Un plazo convenido para plantear una controversia. Un plazo estimado de buena fe para resolver controversias. Ambas partes convienen en liquidar las cantidades aceptadas y en los plazos

    45、 sealados en el correspondiente acuerdo, por ejemplo, 30 das. Habr que especificar el tipo de servicio de que se trate, por ejemplo, telefona bilateral, concentracin de trfico, reoriginacin de trfico, volmenes de trfico comprometidos, etc. Reconciliar en todos los casos el trfico mensual, pero no ba

    46、sndose en el mes de cmputo, o las condiciones del contrato. Especificar si lo que se reconcilia son valores de trfico y/o valores financieros. Ambos mtodos de reconciliacin tienen ventajas e inconvenientes. Terminacin del trfico nacional urbano (normalmente obligatoria). Habr que especificar si las

    47、ciudades consideradas han de incorporarse en una agrupacin de mayor nivel y enumerar las ciudades que integren un grupo dado. Tipo de producto de trfico: especificar los diferentes tipos de productos/trfico que habr que agrupar conjuntamente, enumerar los productos que integran un determinado grupo,

    48、 etc. Registrar tasas y sobretasas e indicar la moneda en que se han fijado. Registrar los volmenes de trfico. Contar, en su caso, las llamadas. _ 1Se aplica al caso en que se planteen controversias o reciban notificaciones de controversia. Rec. UIT-T D.170/supl.1 (05/2010) 3 Indicar, en su caso, el operador que termine el trfico. Indicar, en su caso, el pas, ciudad y/u operador que origine el trfico. Indicar el operador de trnsito o conducto (en caso necesario). Evaluar financieramente, en caso necesario, los elementos de una controversia.


    注意事项

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