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    ITU-R S 1069 SPANISH-1994 Compatibility between the fixed-satellite service and the space science services in the band 13 75-14 GHz《在13 75-14 GHz波段的卫星固定业务及空间科学业务的兼容性》.pdf

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    ITU-R S 1069 SPANISH-1994 Compatibility between the fixed-satellite service and the space science services in the band 13 75-14 GHz《在13 75-14 GHz波段的卫星固定业务及空间科学业务的兼容性》.pdf

    1、 Rec. UIT-R S.1069 1 RECOMENDACIN UIT-R S.1069*Compatibilidad entre el servicio fijo por satlite y los servicios cientficos espaciales en la banda 13,75-14 GHz (1994) La Asamblea de Radiocomunicaciones de la UIT, considerando a) que la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones para e

    2、xaminar la atribucin de frecuencias en ciertas partes del espectro (Mlaga-Torremolinos, 1992) (CAMR-92) atribuy la banda de frecuencias 13,75-14 GHz al servicio fijo por satlite (SFS) a ttulo primario; b) que esta banda est atribuida tambin al servicio de investigacin espacial a ttulo secundario y p

    3、uede ser utilizada asimismo por los servicios de exploracin de la Tierra por satlite y de investigacin espacial a ttulo secundario para las estaciones de radiolocalizacin instaladas en vehculos espaciales; c) que en virtud del nmero S5.502 del Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) se imponen restri

    4、cciones a los servicios fijo por satlite, de radiolocalizacin y de radionavegacin para que estos servicios puedan compartir esta banda; d) que el nmero S5.503 del RR prev que las estaciones espaciales geoestacionarias del servicio de investigacin espacial, para las cuales la ex IFRB ha recibido info

    5、rmacin para la publicacin anticipada antes del 31 de enero de 1992, funcionen en igualdad de condiciones con las estaciones del SFS; e) que las estaciones espaciales no geoestacionarias de los servicios de investigacin espacial y de exploracin de la Tierra por satlite deben protegerse hasta el 1 de

    6、enero del ao 2000, de acuerdo con el nmero S5.503 del RR; f) que hasta el 1 de enero del ao 2000 es necesario que los usuarios del SFS, para que sean compatibles con los servicios cientficos espaciales, tomen ciertas medidas para proteger dichos servicios; g) que en el Anexo 2 de la Recomendacin UIT

    7、-R SA.1071 se especifican los niveles admisibles de interferencia para los servicios cientficos espaciales actuales. Estos lmites deben aplicarse hasta el 1 de enero del ao 2000 cuando se consideren situaciones de comparticin especficas; h) que la Recomendacin UIT-R SA.1071 seala la necesidad de amp

    8、liar hasta ms all del 1 de enero del ao 2000 la proteccin a los enlaces de un satlite de retransmisin de datos en la banda 13,772-13,778 GHz para apoyar misiones de investigacin espacial y de exploracin de la Tierra por satlite; j) que aunque las estaciones espaciales no geoestacionarias de servicio

    9、s cientficos destinadas a su utilizacin ms all del 1 de enero del ao 2000 deben disearse para funcionar fuera de la banda 13,75-14 GHz, la aparicin de circunstancias imprevistas puede hacer necesario que estaciones individuales funcionen fuera de esa banda despus de dicha fecha, a ttulo secundario y

    10、 sin la proteccin reglamentaria contra las emisiones del SFS que han gozado hasta la citada fecha; _ *La Comisin de Estudio 4 de Radiocomunicaciones efectu modificaciones de redaccin en esta Recomendacin en 2001 de conformidad con la Resolucin UIT-R 44 (AR-2000). 2 Rec. UIT-R S.1069 k) que en el Ane

    11、xo 1 se muestran los niveles mximos de densidad flujo de potencia que es posible produzcan las estaciones espaciales de los servicios cientficos espaciales en la rbita de los satlites geoestacionarios; l) que sera conveniente que las futuras redes DRS de los servicios cientficos espaciales se diseen

    12、 para funcionar en frecuencias fuera de la banda 13,75-14 GHz; m) que es probable que el entorno de interferencia sea riguroso para los servicios cientficos espaciales que continen funcionando en la banda despus que hayan expirado los periodos de proteccin, recomienda 1 que para proteger los altmetr

    13、os a bordo de vehculos espaciales contra la interferencia inadmisible hasta el 1 de enero del ao 2000, se sigan, a ttulo consultivo, las siguientes directrices: 1.1 cuando se publique la informacin indicada en el Apndice S4 del RR sobre una red del SFS que proyecte utilizar la banda 13,75-14 GHz, la

    14、 administracin cuyo altmetro a bordo de un vehculo espacial funcione en la banda, debe informar a la administracin notificante las restricciones geogrficas, si hubiera alguna, que puedan afectar al emplazamiento de las estaciones terrenas en la red del SFS; 1.2 la entidad operadora de la red del SFS

    15、 debe examinar la informacin anterior e informar a la entidad operadora del sistema a bordo del vehculo espacial sobre el emplazamiento o emplazamientos de las estaciones terrenas propuestas en la red que no cumplan las restricciones geogrficas; 1.3 la consulta se concentrara despus en estas estacio

    16、nes terrenas con el fin de asegurar la proteccin requerida por el altmetro a bordo del vehculo espacial; 2 que para proteger los dispersmetros con haces de abanico situados a bordo de vehculos espaciales contra la interferencia inadmisible hasta el 1 de enero del ao 2000, la densidad de p.i.r.e. de

    17、las estaciones terrenas del SFS dirigidas hacia la rbita del dispersmetro sobre los ocanos no rebase el valor de 25 dBW en cualquier banda de 2 kHz entre 13,99356 GHz y 13,99644 GHz. Para cumplir esta condicin puede ser conveniente evitar el funcionamiento entre estas frecuencias. Excepcionalmente,

    18、se puede evitar la interferencia inadmisible mediante consulta, caso por caso; 3 que para proteger los radares de precipitacin a bordo de vehculos espaciales contra la interferencia inadmisible: 3.1 hasta el 1 de enero del ao 2001: 3.1.1 la densidad de p.i.r.e. de cualquier estacin terrena del SFS,

    19、situada en una latitud entre 55, no debe rebasar los 61 dBW en cualquier banda de 600 kHz entre 13,793 GHz y 13,805 GHz; 3.1.2 el ngulo de elevacin de cualquier estacin terrena del SFS que utiliza la banda 13,75-14 GHz no debe exceder de 71; 3.2 hasta el 1 de enero del ao 2000, la instalacin de cada

    20、 estacin terrena del SFS que proyecte utilizar la banda 13,75-13,86 GHz en latitudes entre 40 deber establecer consultas, caso por caso, con el fin de asegurar que se ofrece la proteccin apropiada (vase la Nota 1); 3.3 el proceso de consulta indicado en el 3.2 debe extenderse hasta el 1 de enero del

    21、 ao 2001, con miras a asegurar que siempre que sea posible se ofrezca la proteccin apropiada (vase la Nota 1); Rec. UIT-R S.1069 3 NOTA 1 El proceso de consulta indicado en el 1 tambin se aplica a las consultas evaluadas de conformidad con los 3.2 y 3.3 a fin de proteger los radares de precipitacin

    22、a bordo de vehculos espaciales contra la interferencia inaceptable. Una administracin que est planificando una red del SFS debe proporcionar informacin detallada relativa a las emisiones en la banda 13,793-13,805 GHz en virtud de lo estipulado en el Apndice S4 del RR. 4 que para proteger los enlaces

    23、 de los satlites de retransmisin de datos a los satlites en rbita baja de la Tierra que funcionan en el servicio cientfico espacial hasta la fecha en que todos los satlites de retransmisin de datos en la rbita de los satlites geoestacionarios, para los cuales la ex IFRB recibi informacin relativa a

    24、la publicacin anticipada hasta el 31 de enero de 1992, cesen de funcionar en la banda 13,772-13,778 GHz, la densidad de p.i.r.e. de las transmisiones de cualquier estacin terrena del SFS dentro de esta banda no debe rebasar 71 dBW por 6 MHz; 5 que se inste a las administraciones que continen explota

    25、ndo redes de satlites de retransmisin de datos en los servicios cientficos espaciales despus del 1 de enero del ao 2000 a que exploten estas redes en otras bandas distintas a 13,75-14 GHz, tan pronto sea posible; 6 que despus de los periodos de tiempo indicados en los puntos anteriores del recomiend

    26、a: 6.1 el SFS ya no est obligado a proteger las estaciones espaciales no geoestacionarias de los servicios de investigacin espacial y de exploracin de la Tierra por satlite, de acuerdo con los criterios indicados en el g) anterior. 6.2 los organismos de exploracin de cualquier estacin del servicio c

    27、ientfico espacial que permanecen funcionando en la banda 13,75-14 GHz utilicen las directrices indicadas en el Anexo 2. 4 Rec. UIT-R S.1069 ANEXO 1 Niveles mximos de densidad de flujo de potencia producidos en la rbita de los satlites geoestacionarios por estaciones espaciales de los servicios cient

    28、ficos espaciales Caso de satlites en posicin casi antipodal Caso de distancia de separacin mnima Densidad de flujo de potencia en la rbita de los satlites geoestacionarios (dB(W/m2) en la anchura de banda de referencia Densidad de flujo de potencia en la rbita de los satlites geoestacionarios (dB(W/

    29、m2) en la anchura de banda de referencia Tipo de transmisor de la estacin espacial Densidad de potencia mxima a la entrada de la antena Ganancia de la antena del vehculo espacial (dBi) Total 1 MHz 4 kHz Ganancia de la antena del vehculo espacial (dBi) Total 1 MHz 4 kHz Altmetro 13 dBW por 320 MHz 0

    30、147,2 172,2 196,2 0 144,7 169,8 193,7 Dispersmetro de haz puntual 19 dBW por 180 Hz 10 135,0 135,0 135,0 0 142,9 142,9 142,9 Dispersmetro de haz en abanico 19 dBW por 180 Hz 28 117,0 117,0 117,0 14 156,9 156,9 156,9 Radar de precipitacin 28 dBW por 800 kHz 0 135,8 135,8 158,8 0 134,0 134,0 157,0 Sat

    31、lite de retransmisin de datostransmitiendo a vehculo espacial usuario 5 dBW (Nota 4) 53 121,4 121,6 140,2 0 133,3 133,5 152,1 NOTA 1 Se supone que el altmetro se encuentra a 1 336 km de altitud y presenta una densidad de espectral de potencia uniforme en la anchura de banda de emisin. NOTA 2 Se supo

    32、ne que los dispersmetros se encuentran a 800 km de altitud y se utiliza la potencia en la cresta de la envolvente. NOTA 3 Se supone que el radar de precipitacin se encuentra a 350 km de altitud y se utiliza potencia en la cresta de la envolvente. NOTA 4 Se supone que el vehculo espacial del satlite

    33、de retransmisin de datos est situado a 1odel satlite del SFS en el caso de distancia de separacin mnima. Las reducciones de la potencia de entrada de la antena del satlite de retransmisin de datos debidas a los efectos de control de potencia no se tienen en cuenta. Los niveles de densidad de flujo d

    34、e potencia especificados para el satlite de retransmisin de datos se basan en la integracin de la densidad de potencia, segn una distribucin espectral de potencia de sen2x/x2, a lo largo de toda la anchura de banda de referencia. Se supone una velocidad de transmisin de datos de 300 kbit/s del satli

    35、te de retransmisin de datos sin dispersin por cdigo seudoaleatorio (PN), con lo que se obtienen los niveles de densidad de flujo de potencia del caso ms desfavorable cuando se consideran todas las posibles velocidades de transmisin de datos. Rec. UIT-R S.1069 5 ANEXO 2 Directrices para el funcionami

    36、ento de satlites en los servicios cientficos espaciales una vez expirados los periodos de proteccin contra la interferencia causada por las estaciones terrenas del SFS que utilizan la banda 13,75-14 GHz 1 Proteccin de los satlites del SFS ubicados en la rbita de los satlites geoestacionarios (vase l

    37、a Nota 1) Una emisin procedente de una estacin espacial no geoestacionaria de los servicios cientficos espaciales podra causar interferencia inaceptable a satlites del servicio fijo si su densidad de flujo de potencia (dfp) incidente en la rbita de los satlites geoestacionarios (OSG) rebasa el valor

    38、 130 dB(W/m2) por 40 MHz en cualquier parte dentro de la gama de frecuencias 13,75-14 GHz. Este valor podra aumentarse hasta 7 dB para periodos breves cuya suma no supere el 0,02% de cualquier mes. Una emisin procedente de una estacin espacial en la OSG de los servicios cientficos espaciales podra c

    39、ausar interferencia inaceptable a satlites del servicio fijo por satlite si su dfp incidente en la OSG rebasa el valor 127 dB(W/m2) por 40 MHz en cualquier parte dentro de la gama de frecuencias 13,75-14 GHz, en un ngulo de 10, subtendido en la OSG y en el plano de dicha rbita, con respecto a una ln

    40、ea entre la OSG y el centro de la Tierra. Para ngulos de incidencia fuera de esa gama angular, probablemente podran tolerarse densidades de flujo de potencia de interferencia de hasta 97 dB(W/m2) por 20 MHz en cualquier parte dentro de la gama de frecuencias 13,75-14 GHz. NOTA 1 No obstante, se advi

    41、erte a los planificadores de los futuros servicios cientficos espaciales que los valores contenidos en este Anexo 2 puede que no sean adecuados en los prximos aos. 2 Entorno de interferencia para los servicios cientficos espaciales Cabe esperar que la banda 13,75-14 GHz se utilice para cursar fundam

    42、entalmente trfico con modulacin digital, aunque tambin es posible que los sistemas implantados antes del ao 2000 empleen portadoras de televisin analgica. Si bien es probable que la distribucin de televisin a los afiliados de la red, a las estaciones de cabecera de red de televisin por cable, a los

    43、transmisores de televisin y a los hogares abonados, utilice algoritmos de compresin MPEG digital y transmisin digital antes del ao 2000, tambin sern necesarias las transmisiones de TV-FM analgicas para el intercambio de programas entre estudios. En esta banda, no existen limitaciones sobre el tipo d

    44、e trfico que puede cursarse, siempre que se cumplan las disposiciones de los nmeros S5.502, S21.8 y S21.16 del RR. Adems de las portadoras de vdeo analgicas, esta banda puede contener una cierta variedad de portadoras de vdeo con compresin digital, tales como: portadoras de velocidad binaria elevada

    45、 que funcionan con el transpondedor a saturacin para aplicaciones punto a multipunto; mltiples portadoras digitales por transpondedor que cursan programas de vdeo multiplexados para distribucin, y portadoras de velocidad binaria inferior que utilizan acceso al satlite mediante tcnicas de AMDF para a

    46、dquisicin de datos. Otro tipo de portadora es el trfico digital que podra formar parte de una red digital de telecomunicaciones mayor. 6 Rec. UIT-R S.1069 Por consiguiente, desde el punto de vista de la interferencia a los servicios cientficos espaciales, puede preverse un modelo de utilizacin de la

    47、 banda 13,75-14 GHz por las portadoras del SFS similar al empleado actualmente para la banda 14-14,5 GHz, salvo que las limitaciones indicadas en el nmero S5.502 del RR relativas a la p.i.r.e. de estacin terrena y al tamao de antena pueden dar lugar a una proporcin ms pequea de portadoras de baja ca

    48、pacidad. El hecho de que esta banda sea considerada por los organismos de explotacin de grandes redes de satlites como una solucin a los problemas creados por el desequilibrio anterior en las atribuciones de la banda 14/11-12 GHz para los trayectos ascendente y descendente, sugiere que a principios del prximo siglo el nmero de estaciones terrenas del SFS que transmitan en la banda ser, por trmino medio, de dos o tres por pas. La p.i.r.e. por portadora variar entre 68 y 85 dBW y la anchura de banda por portadora probableme


    注意事项

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